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Certificación Laboral (PERM)

 

Para calificar para la tarjeta verde en las categorías EB-2 o EB-3, el empleado que es inmigrante debe lograr la aprobación de la certificación laboral para el trabajo ofrecido por parte del empleador estadounidense.

 

La certificación laboral es el proceso por el cual el inmigrante procura demostrar que no desplaza a ningun trabajador estadounidense al aceptar un trabajo que le ofrece una compañía, una organización sin fines de lucro, o, una institución educacional de los Estados Unidos que lo patrocina. Para la mayora de los trabajos, es suficiente publicar un clasificado en un peridico local para que se difunda en forma amplia la información acerca de la posición y para demostrar que ningn trabajador estadounidense en la comunidad local está lo suficientemente preparado o disponible para aceptar el trabajo.

 

Para este proceso, hay que demostrar que la aceptación del trabajo por parte del inmigrante no lleva a salarios más bajos en la economía local. El patrocinador debe ofrecer un nivel de remuneración por el trabajo que está al nivel de la "compensación prevaleciente", (en inglés, prevailing wage), la cual se define como el promedio de la compensación que se paga a los trabajadores por un trabajo similar o igual en la regin en que se encuentra el empleador, segun las estadisticas recopiladas por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Desde el 28 de marzo de 2005, las solicitudes para las Certificaciones Laborales se realizan en forma electronica a través del sitio Web del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

 

Ciertas ocupaciones o ciertos individuos que poseen habilidades o experiencia especiales están exentos del requisito de la certificación laboral bajo ciertas circunstancias.

 

Dos ocupaciones que pueden calificar para la categoría EB-3 sin la certificación laboral son:

 

1. Terapeutas físicos - que renan todos los requisitos para tomar el examen de licencia para ser terapeuta físico en el estado en que propongan ejercer la terapia física; y

 

2. Enfermeras Profesionales -(i) que hayan aprobado el Examen de la Comisión de Graduados de Escuelas de Enfermera en el Exterior (CGFNS); o(ii) que tengan una licencia completa y sin restricciones para ejercer como enfermeras profesionales en el estado en que piensan trabajar.

 

Las excepciones de la Certificación Laboral en la Categora EB-2 incluyen:

 

Los extranjeros que tengan habilidades excepcionales en las ciencias o las artes, que satisfagan requisitos específicos, están exentos del requisito de la certificación laboral.

 

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